viernes, 30 de abril de 2010

Guerra Carlista


  • periodo
Primera Guerra Carlista
SegundaGuerra Carlista
TerceraGuerra Carlista
  • Fecha
(1833-1840)
(1846-1849)
(1872-1876)
  • Regimen político
1ª y 2ª guerra, reinaba Isabel II
3ª guerra los gobiernos de Amadeo I, de la I República y de Alfonso XII.
  • Características más importante
PRIMERA GUERRA CARLISTA

La guerra la planteó Carlos María Isidro, hermano de Fernando VII, por la cuestión sucesoria, ya que había sido el heredero al trono durante el reinado de su hermano Fernando VII, debido a que éste, tras tres matrimonios, carecía de descendencia. Sin embargo, el nuevo matrimonio del rey y el embarazo de la reina abren una nueva posibilidad de sucesión.

No obstante, Carlos María Isidro, no reconoció a Isabel como princesa de Asturias y cuando Fernando murió el 29 de septiembre de 1833, Isabel fue proclamada reina bajo la regencia de su madre. María Cristina de Borbón-Dos Sicilias, y Carlos en el Manifiesto de Abrantes mantuvo sus derechos dinásticos, llevando al país a la Primera Guerra Carlista.

La cuestión dinástica no fue la única razón de la guerra. Tras la Guerra de la Independencia, Fernando abolió la Constitución de 1812, pero tras el Trienio Liberal (1820-1823), Fernando VII no volvió a restaurar la Inquisición, y en los últimos años de su reinado permitió ciertas reformas para atraer a los sectores liberales, que además pretendían igualar las leyes y costumbres en todo el territorio del reino eliminando los fueros y las leyes particulares, al tiempo los sectores más conservadores se agrupaban en torno a su hermano Carlos.

SEGUNDA GUERRA CARLISTA

La crisis de 1846 había sido importante en Cataluña. Por una parte las comarcas más pobres y dependientes de la agricultura en las zonas de montaña tenían serias dificultades de suministro de alimentos desde 1840, lo que obligó a los distintos gobiernos a enviar ayudas económicas, siempre insuficientes, para paliar el hambre. En segundo lugar, la crisis que se estaba gestando en Europa en las actividades industriales incidió especialmente en la incipiente revolución industrial catalana a partir de 1840 y hasta 1846 con una disminución de la demanda exterior y la competencia desleal que suponía el contrabando. En tercer y último lugar, la introducción del sistema de reclutamiento de quintas privaba a las familias de manos útiles en momentos especialmente difíciles.

TERCERA GUERRA CARLISTA

En marzo de 1870 Ramón Cabrera presentó la dimisión como jefe político y militar del carlismo por creer que no se daban las "condiciones razonables de alcanzar el triunfo por las armas" y no querer exponer a España a una nueva guerra civil. El pretendiente, que llevaba meses preparando la insurrección desde el exilio estableció el 21 de abril de 1872 como la fecha para el comienzo de la sublevación.

Esta guerra carlista se desarrolló sobre todo en las Provincias Vascongadas y Navarra. La restauración de los Fueros por el pretendiente en julio de 1872, abolidos por los decretos de Nueva Planta por Felipe V, influyó en la fuerza del levantamiento en Cataluña y en menor medida en Valencia y Aragón y algunas partidas poco activas por Andalucía, así como el resto del territorio peninsular, especialmente en áreas montañosas donde practicaban el bandolerismo ante su marginalidad y escasa eficacia a la hora de establecer un vínculo con el pueblo que facilitara su actividad guerrillera.

miércoles, 17 de marzo de 2010

Gustavo Adolfo Bécquer

1. ¿Donde y en qué año nació Gustavo Adolfo Bécquer?De dónde provenía su familia?
Bécquer nació el 17 de febrero de 1836 en Sevilla.

2. ¿Tuvo una enfanciafeliz?Comenta los hechos que marcaron esa etapa.
No, su padre un célebre pintor del costumbrismo sevillano
quien dejó huérfano a Adolfo a los cinco años.
A los nueve años quedó huérfano también de madre y salió del anterior
colegio para ser acogido por su madrina de bautismo.

3. En 1854 se trnsladoa a madrid, ¿cómo afrontó las estrechas y apuros económico?
Trabajando de escribiente en la Dirección de Bienes Nacionales

viernes, 12 de marzo de 2010

artículos de DD.HH

Artículo 2.
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 12.
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 15.
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 20.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 24.
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 26.
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Opinión
La opinión de todo esto es que en uno de los artículos dice que nadie sera sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,inhumanos o degradante y me parece es que sigue habiendo en muchos sitos cosa que no me parece bien.

¿Crees que en la actualidad todas las personas hacen uso de los DD.HH?

No, creo que mucha personas ni saben de la existencia de esos derechos.

¿Qué se podría hacer para que todas las personas disfrutaran de estos derechos?

Pues empezar a usarlas y asi poder disfrutar de ellos.





Derechos Humanos(DD.HH)

-Inherentes. -inviolables. -Indisolubles.
-Universales. -Imprescindibles. -Irreversibles.
-Absolutismos. -Inalienables. -Progresivos.

miércoles, 3 de febrero de 2010

DERECHOS HUMANOS LABORALES

Del conjunto de derechos humanos, existen una serie de ellos vinculados al trabajo y a los trabajadores/ras conocidos como derechos humanos laborales, son los que se orientan a posibilitar condiciones mínimas de vida y de trabajo para todas las personas, así como la organización de los trabajadores/ras para su defensa, reivindicación y participación sociopolítica.

En la actualidad esta" universalmente admitido que no es posible el desarrollo de la libertad sindical sin la preexistencia efectiva de los demás derechos humanos y que tampoco es posible el completo ejercicio de éstos, sin la vigencia de aquélla. En otras palabras, la libertad sindical no es posible sin el ejercicio de los otros derechos humanos, y viceversa.
Libertad sindical
Es la expresión de una síntesis de los derechos humanos, porque a través del ejercicio de sus acciones de defensa, reivindicación, participación sociopolítica y lucha, enriquece los contenidos e impulsa la progresividad de los derechos humanos en su conjunto.

Es evidente que mientras se mantenga un escenario mundial de desconocimiento y violación de tales derechos, los derechos humanos de todas las personas se verán afectados. Situación preocupante cuando con la "mundialización de la economía y los imperativos de la productividad han motivado también en sectores poco visionarios los argumentos que tienden a disminuir, cuando ya no a suprimir, los derechos de los trabajadores en aras de una mayor competitividad basada en condiciones de trabajo muy a menudo inaceptables.

miércoles, 27 de enero de 2010

La Revolución francesa

Debido a las ideas de la ilustración, en Francia había un creciente ambiente hostil hacia lo que representaba el absolutismo con su régimen estamental el sistema de privilegios de las clases altas de la nobleza y el clero.
Esta situación abligo a Luis XVI a convocar los Estados Generales. Estaba integrada por la nobleza, el clero y el estado llano o "tercer estado".
Los amotinados asaltaban la prisión de la Bastilla.

miércoles, 16 de diciembre de 2009

revolución industrial en España


Las manifestaciones que se dieron en España del proceso histórico global denominad Revolución Industrial especialmente de su primera fase, mediados del siglo XVIII a mediados del siglo XIX.
La revolucion industrial en España fracasó por el debil crecimiento demigráfico, la ausencia de una auténtica revolución agrícola y la escasa iniciativa y competencia de la burguesia.

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